lunes, 19 de junio de 2017

Desarrollo del Estado de Guatemala

Tres momentos importantes en la Historia del desarrollo del Estado Guatemalteco son:  La presencia y desarrollo de la Civilización Maya, correspondiente a la época Pre-hispánica, la época Colonial y la Guatemala independiente.





SURGIMIENTO DEL ESTADO DE GUATEMALA

Hace unos 20,000 años, al cruzar el estrecho de Bering, grupos poblacionales nómadas comenzaron la colonización de América.

Con el paso del tiempo,  los pueblos que alcanzaron un mayor desarrollo fueron:  Los Aztecas, los Mayas y los Incas.

Los mayas tuvieron una organización social muy bien establecida.

Las ciudades más importantes fueron:  Tikal, Uxmal, Tula, Chichen Itza, Copán y Palenque, que conformaron la Asamblea de Pueblos.

La civilización Maya colapsó debido a las sequías que afectaron el territorio.

El 12 de octubre de 1492 Cristóbal Colón llega a tierras americanas, a partir de esa fecha comienza la conquista y colonización del territorio Americano.

El 15 de septiembre de 1821, la Capitanía General de Guatemala se independiza de España, y por un corto lapso de tiempo se anexa a México, para luego volver a conquistar su libertad como la Federación de Estados Centroamericanos que por último se fragmenta para conformar los diversos países que forman Centro América.

LA CIVILIZACIÓN MAYA

Surgió en el año 1000 A C. y se asentó en Mesoamérica.  Entre los aspectos que la caracterizan se que muestra se pueden señalar:
-          Domesticaron el maíz, que se convirtió en uno de sus alimentos principales.
-          Su religión fue politeísta
Los dioses mayas se relacionaban con la naturaleza y los factores meteorológicos.  El dios más importante fue Itzamá = dios del cielo.
-          Crearon un calendario muy preciso.
-          Eran expertos en matemáticas y astronomía.  Descubrieron y utilizaron el concepto del cero.
-          Tenían una estratificación social jerárquica:       Sacerdotes
Nobles
Campesinos, y
Esclavos
La historia maya se divide en tres periodos:
La historia de los mayas se divide en tres épocas:
Preclásico  (1,000 a C -250 d.C.) evidencias de la primera lengua y escritura maya           
Clásico (250-900 d.C.)  aparece la bóveda maya, el uso del cero y las grandes ciudades con calzadas.
Post-Clásico (900-1524 d.C.) acontece el colapso de sus ciudades y finalmente la decadencia de la civilización

EL ORIGEN DEL HOMBRE
Existen diversas teorías entre las que podemos señalar:

- Darwinismo:  Habla de la evolución y la selección natural de las especies
- Creacionismo:  Plantea la creación del ser humano a imagen y semejanza de Dios
Las leyes de Gregor Mendel:  Establecen que si se cruzan dos razas puras (un homocigoto dominante con uno recesivo) para un determinado carácter, los descendientes de la primera generación serán todos iguales entre sí, fenotípica y genotípicamente, e iguales fenotípicamente a uno de los progenitores.

Existen tres leyes de Mendel

    1.ª Ley de Mendel: Principio de la uniformidad de los heterocigotos de la primera generación filial
    2.ª Ley de Mendel: Ley de la segregación de los caracteres en la segunda generación filial
    3.ª Ley de Mendel: Ley de la independencia de los caracteres hereditarios

EL ESTADO,  ORIGEN Y EVOLUCIÓN

Relaciones de Poder:  Tenencia de tierra para la agricultura.  Más tierras era igual a más poder.

Tipos de Estado: 
             Polis Griegas
             Imperios

En el siglo XII al XIV se da el Feudalismo y la relación entre las clases antagónicas:  Amo – Vasallo

En el siglo XIV se manifiesta la “Soberanía”
Concentración del poder en una sola persona:  El Rey o Monarca

Max Weber dice que:  El desarrollo del Estado moderno se inicia por doquier a partir del momento en que se empieza a expropiar por parte del príncipe a aquellos poseedores en propiedad de medios de administración, de guerra, de finanzas y de bienes políticamente utilizables en toda clase.

miércoles, 14 de junio de 2017

Responsabilidades y obligaciones del Estado de Guatemala



Las responsabilidades del Estado de Guatemala y sus obligaciones primarias con el pueblo guatemalteco

A través de los tiempos la responsabilidad del Estado en forma general, ha sufrido una gran evolución, iniciando primeramente desde una irresponsabilidad total, que quedó como un resabio de las monarquías absolutas y su nula participación en aspecto de salud y educación del pueblo, pasando luego por la sola responsabilidad de sus agentes, hasta que se llegó a la responsabilidad del Estado tomando en cuenta también a sus funcionarios y empleados.

Esta responsabilidad existirá toda vez que una persona que ha sufrido un daño, ya sea de índole material o moral, que ha sido causado directamente por el actuar del Estado, deba ser indemnizada por él. Al respecto no existe ninguna regla general que determine cuáles son concretamente las condiciones para que esa responsabilidad exista, pues ello depende del caso que se esté considerando.

Todo esto porque El Estado, como persona jurídica, que actúa a través de sus agentes, empleados y funcionarios, puede, como producto de esta actividad, causar dañados en los  intereses de los administrados.

Realmente es lógico suponer que El Estado al actuar y moverse para cumplir los fines que se ha propuesto, puede chocar inevitablemente con otros intereses que, por pertenecer a un individuo o a un grupo de ellos, debe ceder en beneficio de la colectividad que es la que tiene a su cargo la suma de esos intereses y que por esa misma razón son más dignos de tener en cuenta.

Esa cesión de intereses por parte de la minoría no puede quedar desamparada, por lo que es necesaria una reparación.   De esa tendencia a reparar las injusticias cometidas en beneficio de una justicia mayor, surgió el concepto de "RESPONSABILIDAD".

Este concepto de responsabilidad del Estado abarca un espectro amplio, que va desde el Estado propiamente dicho, como entidad con una personalidad jurídica independiente de los funcionarios que los representan, y también la de los mismos funcionarios por los actos que ellos desempeñan en el ejercicio de sus funciones.

Habrá responsabilidad del Estado cuando los hechos y actos emitidos por sus órganos en ejercicio de sus funcionen ocasionen un daño o perjuicio susceptible de apreciación pecuniaria.   Para que se dé esa responsabilidad es necesario que se reúnan tres elementos:
·         Un daño
·         Que le sea imputable al Estado
·         Que ese daño se haya producido por un acto o hecho licito o ilícito

Existen diversos tipos de Responsabilidades que puede tener El Estado:

1.  Responsabilidad Administrativa:
Esta responsabilidad es la que surge de actos u omisiones de las autoridades administrativas en el ejercicio de sus funciones y se manifiesta cuando violan, quebrantan o desconocen las normas que regulan su desempeño. Se aplican leyes del procedimiento administrativo y los estatutos de los empleados públicos, y se diferencian en el ámbito nacional, provincial y municipal.

Dentro de este tipo de responsabilidad que puede ser atribuida tanto al Estado como a sus agentes, se presentan aspectos puntuales que deben destacarse, ellos se refieren a:

·         Responsabilidad disciplinaria.
·         Responsabilidad Patrimonial.
·         Rendición de cuentas.

2.  Responsabilidad Civil:

El término “responsabilidad civil” puede entenderse como la obligación de indemnizar el daño material ilegítimamente causado por culpa o negligencia.

Nace como consecuencia de la obligatoriedad de responder pecuniariamente por los actos realizados con capacidad suficiente, y aún de los ejecutados por otra persona con la cual se está en relación de dependencia.    Sus sanciones pueden alcanzan al patrimonio.

La responsabilidad Civil se subdivide en:
·         Responsabilidad precontractual.
·         Responsabilidad contractual.
·         Responsabilidad extracontractual.

Éste último tipo de responsabilidad brinda mayor materia de análisis y, según al órgano que afecta, puede tratarse desde diversos aspectos:

ü  Responsabilidad extracontractual por acto judicial.
ü  Responsabilidad extracontractual por acto legislativo.
ü  Responsabilidad extracontractual por acto o hecho de la administración pública.

3. Responsabilidad  Penal:
Esta es la que se atribuye al culpable de un acto contrario a la ley realizado con culpa o dolo. Implica la aplicación de sanciones públicas, penas o medidas de seguridad.

4. Responsabilidad Política:
Esta responsabilidad se constituye cuando el servidor público, específicamente, aquel cuya función tiene trascendencia en el ámbito social y por su evidente nivel jerárquico superior, en el ejercicio de sus actividades incurra en actos u omisiones graves que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho. Esta responsabilidad se determina mediante el Juicio Político.


 
Obligaciones fundamentales del Estado orientados a la niñez y la adolescencia

 
Las obligaciones primarias del Estado de Guatemala, en función de la niñez y la adolescencia, están enfocadas hacia dos grandes áreas:  La Salud y la Educación.

En este sentido se puede decir que es responsabilidad del Estado velar porque reciban entre otros:

a) Protección y socorro especial en caso de desastres.
b) Atención especializada en los servicios públicos o de naturaleza pública.
c) Formulación y ejecución de políticas públicas específicas.
d) Asignación específica de recursos públicos en las áreas relacionadas con la protección a la niñez y juventud adolescencia.

Es obligación del Estado garantizar la supervivencia, seguridad y desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, quienes  tienen derecho a la protección, cuidado y asistencia necesaria para lograr un adecuado desarrollo físico, mental, social y espiritual. Estos derechos se reconocen desde su concepción.

El Estado garantizará a las niñas, niños y adolescentes cualquiera que sea su ascendencia, a tener su propia vida cultural, educativa, a profesar y practicar su propia espiritualidad, costumbres, a emplear su propio idioma y gozar de todos los derechos y garantías que le son inherentes, de acuerdo a su cosmovisión.

Si revisamos la sección cuarta de la Constitución Política de la República de Guatemala encontraremos que la misma contiene once artículos dedicados a la educación. En resumen se puede mencionar que: El artículo 71 establece: “Se garantiza la libertad de enseñanza de criterio docente. Es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna”. También establece que el fin primordial de la educación es el “desarrollo integral de la persona, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal” (artículo 72). El artículo 73 se refiere a la libertad de educación y asistencia estatal, estableciendo que “la familia es fuente de la educación y los padres tienen derecho a escoger la que ha de impartirse a sus hijos menores” y establece que “el Estado podrá subvencionar a los centros educativos privados gratuitos”. El artículo 74 establece que la educación impartida por el Estado es gratuita y que el mismo proveerá y promoverá becas y créditos educativos. La Constitución declara que el Estado organizará y promoverá con todos los recursos necesarios la alfabetización (artículo 75) y establece que la administración del sistema educativo deberá ser descentralizado y regionalizado y que en zonas de población indígena la enseñanza deberá impartirse preferentemente en forma bilingüe (artículo 76). También estipula que las empresas están obligadas a establecer y mantener escuelas, guarderías y centros culturales para sus trabajadores y población escolar (artículo 77) y que el Estado promoverá la superación económica, social y cultural del magisterio (artículo 78).

En el Decreto Número 27-2003 Del Congreso De La República De Guatemala, también encontramos estipulaciones al respecto de las obligaciones del Estado de Guatemala en materia de Salud y Educación.

En el Capítulo II, Derechos sociales, El Estado garantiza el derecho a un nivel de vida adecuado y a la salud.  En el articulo 25 (Nivel de vida adecuado) se dice que: “Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho, a un nivel de vida adecuado y a la salud, mediante la realización de políticas sociales públicas que les permitan un nacimiento y un desarrollo sano y armonioso, en condiciones dignas de existencia.

En el artículo 28 de ese mismo capítulo, que trata sobre el Sistema de salud, se indica que: Queda asegurada la atención médica al niño, niña  y  adolescente  a  través  del  sistema  de  salud  pública  del  país,  garantizando  el  acceso  universal  e  igualitario  a  las  acciones  y  servicios  para  promoción, protección y recuperación  de  la  salud.    Los  niños,  niñas  y  adolescentes  que  sufran  deficiencia  diagnosticada recibirán atención especializada.

El Articulo 33  Salud   primaria, dice que El   Estado   por   medio   de   los   organismos competentes deberá establecer programas dedicados a la atención integral del niño y niña hasta los seis años, así como promoverá la salud preventiva, procurando la activa participación  de  la  familia  y  la  comunidad,  sin  perjuicio  de  las  obligaciones  que  el  Estado tiene para todos los niños, niñas o adolescentes. 

El articulo 35   sobre la Atención  a  la  salud indica que:   Todos los centros de atención a la salud del país, tanto públicos como privados, están obligados a:
a) Posibilitar  que  el  recién  nacido  tenga  contacto  con  la  madre  al  nacer  y  alojamiento conjunto con ella.
b) Diagnosticar y hacer seguimiento médico de los niños y niñas que nacieren con problemas patológicos y con discapacidades físicas, sensoriales o mentales, así como orientar a los padres de los mismos.
c) Crear programas especializados para la atención de niños, niñas y adolescentes que  presenten  problemas  patológicos  y  discapacidades  físicas  sensoriales  y  mentales.
d) Controlar  que  el  crecimiento  y  desarrollo  del  niño  o  niña  no  sea  inferior  a  la  edad   cronológica  del  mismo  y  orientar  a  los  padres,  tutores  o  encargados  para  que tomen las medidas necesarias remitiéndolos a donde corresponda.



En cuanto al ámbito educativo, el articulo 36, referente a la Educación integral.  Menciona que: Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación integral de acuerdo a las opciones éticas, religiosas y culturales de su familia. Esta deberá ser orientada a desarrollar su personalidad,  civismo y urbanidad, promover el conocimiento y ejercicio de los derechos humanos, la importancia y necesidad de vivir en una sociedad democrática con paz y libertad de acuerdo a la ley y a la justicia, con el fin de prepararles para el ejercicio pleno y responsable de sus derechos y deberes, asegurándoles:
a)  Igualdad de condiciones para el acceso y permanencia en la escuela.
b)  El respeto recíproco y un trato digno entre educadores y educandos.
c)  La formación de organizaciones estudiantiles y juveniles con fines culturales, deportivos, religiosos y otras que la ley no prohíba.

Otros artículos relacionados con el derecho de la educación para niños, niñas y adolescentes son:

Articulo 37  Educación pública.
La educación pública deberá ser gratuita, laica y obligatoria hasta el último grado de diversificado.
Articulo 38  Educación multicultural y multilingüe.  El Estado a través de las autoridades competentes, deberá garantizar el derecho a la educación multicultural y multilingüe, especialmente en las zonas de población mayoritariamente maya, garífuna y xinka.

Articulo 41   Valores en la educación.
La educación en Guatemala asegurará, además de fomentar los valores plasmados en otras normas, los siguientes:
a) La promoción y difusión de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
b) El respeto a sí mismo, a sus padres y demás personas e instituciones.
c) El fomento y la preservación de los valores culturales, artísticos, étnicos, lingüísticos, de género y aprendizaje, costumbres y tradiciones propias del contexto social eliminando todas las formas de discriminación y exclusión por razones de género, etnia, religión o condición económica.
d) La preparación para una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de paz, tolerancia y amistad entre los pueblos.
e) El desarrollo de un pensamiento autónomo, crítico y creativo.
f) El respeto, conservación y cuidado del ambiente.



Lastimosamente, aunque todo lo escrito y legislado en matería de salud y educación se puede considerar óptimo, realmente es preocupante que mucho de ello no se lleve a la práctica por muchas razones que tienen como resultado un pobre desempeño en la calidad de la educación en nuestro país.

 

La responsabilidad del Estado, La guía de Derecho publicado por Hilda, 26 de Mayo de 2009, recuperado de http://derecho.laguia2000.com/derecho-administrativo/la-responsabilidad-del-estado

Decreto 27-2003 Del Congreso De La República De Guatemala, recuperado de https://www.unicef.org/guatemala/spanish/LeyProteccionIntegralNinez.pdf

sábado, 3 de junio de 2017

Poderes y Funciones del Estado

El Estado, como organización social soberana  tiene el Poder Administrativo y de Regulación de las leyes de un territorio.  Para ello divide su funcionamiento en varios poderes y funciones.

Entre las funciones del Estado se pueden señalar:

 

Los poderes del Estado son:




domingo, 28 de mayo de 2017

Elementos del Estado



ELEMENTOS DEL ESTADO

1.  EL GRUPO HUMANO

Se denomina grupo humano al conjunto de individuos que teniendo un mismo criterio y metas afines se organizan para lograr alcanzar sus objetivos.  Para poder señalar a un conjunto de personas como grupo es necesario que sus miembros tengan cierta estabilidad, una historia común y  que persigan uno o varios objetivos.  

La importancia de los grupos humanos radica en que ofrecen apoyo social, recursos y un sentimiento de pertenencia, pero más que nada que dentro del mismo el ser humano logra definir su identidad social.

Se pueden señalar varios tipos de grupos humanos:

GRUPOS PRIMARIOS: La relación entre los miembros del mismo está basada en la afectividad, el compromiso y la solidaridad.   Es creado de manera totalmente libre y voluntaria.  Son grupos reducidos, y la interacción es cara a cara.

GRUPOS SECUNDARIOS: Como está  constituido por un gran número de personas, es casi imposible que la relación se establezca cara a cara. La unión entre ellos está sujeta a los objetivos que se persiguen en común, y no a vínculos afectivos.

GRUPOS DE REFERENCIA: Es el grupo a través del cual una persona aprende y hace suyas las reglas o valores, pero al cual no pertenece, y tampoco es reconocido como parte del mismo por sus integrantes.

GRUPOS DE PERTENENCIA: como su nombre lo indica, se refiere al grupo al que un individuo pertenece. Aquí la persona forma parte del mismo y, a su vez, es reconocida como integrante.

GRUPOS FORMALES: Se les llama de esta forma a aquellos en donde existe una estructura, y las conductas de sus integrantes están reglamentadas y se encaminan  a conseguir propósitos determinados.

GRUPOS INFORMALES: son los que se establecen a partir de relaciones de compañerismo y amistad entre sus integrantes. No cuentan con una estructura formal.


2.  EL TERRITORIO
Los asuntos referentes a la soberanía y el territorio de nuestra patria se encuentran detallados en el Artículo 142 de la Constitución Política de Guatemala. En este se artículo se indica que
– El territorio nacional integrado por su suelo, subsuelo, aguas interiores, el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que se extiende sobre los mismos.
– La zona contigua del mar adyacente al mar territorial, para el ejercicio de determinadas actividades reconocidas por el derecho internacional.
– Los recursos naturales y vivos del lecho y subsuelo marinos y los existentes en las aguas adyacentes a las costas fuera el mar territorial, que constituyen la zona económica exclusiva, en la extensión que fija la ley, conforme la práctica internacional.

 El territorio físico de Guatemala se encuentra al norte de Centroamérica y limita con México al norte y al oeste; al sur con el océano Pacífico; y al este con el Atlántico, así como con las Repúblicas de El Salvador, Honduras y Belice.

Se divide en tres espacios geográficos: terrestre, marítimo y aéreo.  Y se encuentra organizada en 8 Regiones, 22 departamentos y 334 municipios:

Regiones y departamentos

Región I o Metropolitana
·         Guatemala
Región II o Norte
·         Alta Verapaz
·         Baja Verapaz
Región III o Nororiental
·         Chiquimula 
·         El Progreso
·         Izabal
·         Zacapa
Región IV o Suroriental
·         Jutiapa
·         Jalapa
·         Santa Rosa
Región V o Central
·         Chimaltenango
·         Sacatepéquez
Región VI o Suroccidental
·         Retalhuleu
·         San Marcos
·         Suchitepéquez
·         Escuintla
Región VII o Noroccidental
·         Huehuetenango
·         Quiché
·         Quetzaltenango
·         Sololá
·         Totonicapán
Región VIII o Petén 
·         Peten 
 
3.  EL ORDEN JURÍDICO
Se le llama ordenamiento jurídico al conjunto de normas jurídicas que rigen en un lugar determinado en una época concreta la vida de las personas como sociedad.

En el caso de Guatemala, como estado democrático, el sistema normativo constituye un factor importante y esencial para su consolidación y desarrollo como país.  Este sistema normativo se encuentra materializado en la Constitución Política, códigos de derecho público y privado, leyes y reglamentos, así también, otras regulaciones como los tratados y convenciones internacionales. 



4.  EL PODER PÚBLICO o AUTORIDAD

El poder nace como una necesidad de asegurar la convivencia humana, y de esa forma interactuar en una sociedad capaz de alcanzar la categoría de Estado.  Por lo tanto se define el Poder Público como la capacidad que tiene el estado para obligar a alguien a realizar un acto determinado en pro y beneficio de un sistema social.  El poder Público está integrado por el conjunto de órganos e instituciones del Estado que se agrupan en torno a tres diferentes poderes: poder legislativo, ejecutivo y judicial.

El poder legislativo es el que se  encarga de la aprobación,  elaboración y modificación de las leyes existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de las leyes.

El poder ejecutivo tiene como función dictar y hacer cumplir las leyes que suele aprobar el gobierno  o el propio jefe del Estado.

El Poder Judicial es el que se encarga de administrar la justicia  en la sociedad, por medio de la aplicación de las normas jurídicas.


5.  EL DERECHO

La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”.
Se entiende por derecho al conjunto de normas y leyes que se han formulado para dirigir y organizar a la sociedad a fin de solucionar cualquier conflicto de relevancia jurídica que se origine, estas normas y leyes son de observancia obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una sanción económica o una sentencia carcelaria. 

Se dice que el derecho es normativo, ya que está constituido por normas obligatorias de conducta ciudadana.  También se denomina bilateral porque es necesaria la interactividad de dos o más ciudadanos.  Es coercitivo porque en caso de que no se cumpla, es permitida la aplicación de la fuerza para obtener la ejecución de la conducta  reglamentada.  Es general porque se aplica a todas las personas y es evolutivo porque se adapta al desarrollo de la vida social. 

Existen diversos tipos de Derecho


Derecho Social. Son todas aquellas normas jurídicas que tienen como objetivo conseguir que los ciudadanos vivan en una sociedad en armonía.
Derecho Privado, es aquel que se aplica para  determinar las relaciones jurídicas entre personas legales sin que ninguna ejerza como autoridad estatal. Ejemplo de ello es el Derecho Civil.
Derecho Público. Regula las relaciones entre los órganos del poder público y los individuos o las entidades de carácter privado. Ejemplos: Derecho Procesal, Derecho Penal, etc.


6.  FINES DEL ESTADO
Son los propósitos que, en concepto de los diversos pensadores y doctrinas políticas, debe perseguir el Estado.   Por ejemplo el bien común como finalidad del Estado, El señalamiento de los fines del Estado  es un asunto eminentemente ideológico. En la determinación de lo que debe hacer el Estado reside, en buena medida, el fundamento de las ideologías políticas.


7.  LA SOBERANÍA

La Soberanía (del latín “super amus”, ‘señor supremo’) es la voluntad política que posee un Pueblo con derecho a tomar decisiones para determinarse, manifestarse, y tomar decisiones con independencia de poderes externos.

La soberanía no se limita a la capacidad de decisión sobre materias políticas sino que se amplía también a cuestiones como la posesión de territorio considerado soberano, la decisión sobre cuestiones económicas etc. En otras palabras, la soberanía es la capacidad de un pueblo de decidir sobre sí mismo sin que se permita la injerencia de otros pueblos, gobernantes o alianzas que puedan afectarla.

La soberanía tiene los siguientes caracteres:

Es inalienable. La soberanía no se puede transferir ni enajenar bajo ningún título a ninguna persona o grupo de personas. El pueblo al organizarse en Estado a lo sumo puede delegar en sus gobernantes para que la ejerzan.
Es imprescriptible. Como esta delegado, el pueblo no la ejerce por sí mismo, pero esta falta de ejercicio no la desvanece, el pueblo no pierde la soberanía por el paso del tiempo sin ejercerlo.
Único. El pueblo no tiene otras “soberanías”, es único.






Los grupos humanos—características básicas, Laura A. Toledo, Martes diciembre 15, 2015, recuperado de http://www.nuevociclo.com.ar/los-grupos-humanos-caracteristicas-basicas/



 Enciclopedia de Clasificaciones. (2016). Tipos de grupos. Recuperado de http://www.tiposde.org/ciencias-sociales/96-tipos-de-grupos/#ixzz4iK4xT2u3



 Constitución Política de la República de Guatemala (s.f.). Tribunal Supremo Electoral. 30 de septiembre de 2012    Recuperado de:




El Estado de Guatemala, Shirley R. Juárez

Definición de derecho, Julián Pérez Porto y María Merino. Publicado: 2008. Actualizado: 2008, Recuperado de http://definicion.de/derecho/



Enciclopedia de la Política, Raúl Borja, Recuperado de http://www.enciclopediadelapolitica.org/Default.aspx?i=&por=f&idind=675&termino=



APUNTES JURIDICOS  En la Web, "¿Que es la soberanía?", MARIACA, Margot, julio de 2010, Recuperado de   http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/07/cpe007.html



Importancia de la Soberanía, : recuperado de https://www.importancia.org/soberania.php


Desarrollo del Estado de Guatemala

Tres momentos importantes en la Historia del desarrollo del Estado Guatemalteco son:  La presencia y desarrollo de la Civilización Maya, cor...